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Evolución normativa y antecedentes
El origen de la normativa existente en España sobre protección de datos personales se encuentra en el artículo 18.4 de la Constitución Española, de 6 diciembre de 1978. Este artículo establece que “la Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos”.
Con el fin de dar cumplimiento a este mandato constitucional se elaboró la Ley Orgánica 5/1992 de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de carácter personal, la denominada LORTAD. Esta Ley, como su nombre indica, sólo afectaba al tratamiento automatizado de datos personales incluidos en un fichero informático, señalando en su exposición de motivos que la finalidad era “hacer frente a los riesgos que para los derechos de la personalidad puede suponer el acopio y tratamiento de datos por medios informáticos”.
Posteriormente, el 24 de octubre de 1995, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea promulgan la Directiva Europea 95/46/CEE, por la que los Estados Miembros se comprometen a garantizar la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de éstos. Las disposiciones de esta normativa son de aplicación “al tratamiento total o parcialmente automatizado de datos personales, así como al tratamiento no automatizado de datos personales contenidos o destinados a ser incluidos en un fichero”.
Ello implica que la protección de datos personales debe ser a nivel de ficheros automatizados y ficheros no automatizados, siendo uno de los motivos por los que el legislador español se vió obligado a modificar la LORTAD y adecuarla al contenido de la Directiva. Además era una oportunidad para mejorar esta Ley frente a los problemas que su práctica había puesto en entredicho.
Sin embargo se prefirió crear una nueva Ley, que es la actual Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal (LOPD) y la LORTAD quedó derogada, en una disposición única.
La LOPD entró en vigor el día 14 de enero de 2000 y es de aplicación a los datos de carácter personal registrados en cualquier soporte, que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado.
El 19 de abril de 2008 entró en vigor el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD. Esta norma reglamentaria desarrolla los mandatos contenidos en la LOPD de acuerdo con los principios de la Directiva. Este Reglamento abarca los ámbitos tutelados anteriormente por los Reales Decretos 1332/1994, de 20 de junio y 994/1999, de 11 de junio, teniendo en cuenta la necesidad de fijar criterios aplicables a los ficheros y tratamientos no automatizados. Además, la atribución de funciones a la Agencia Española de Protección de Datos por la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones obliga a
desarrollar y así se hace en este Reglamento los procedimientos para el ejercicio de la potestad sancionadora por la Agencia.
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